SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) fijó en RD$8,645.00 el monto del salario mÃnimo nacional, para calcular el lÃmite superior del salario cotizable del Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, del Seguro de Riesgos Laborales y del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.
La disposición está establecida en la resolución 322-02 del 1 de agosto 2013. El salario mÃnimo del Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social, es fijado con la finalidad de preservar la sostenibilidad y el equilibrio financiero del Sistema.
"El cálculo se hace en base al promedio de las tres clasificaciones de los salarios mÃnimos del sector privado no sectorizado, establecidos por el Comité Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo", especifica la resolución.
El Consejo adopta esta medida en el marco de la Ley 87‐01 y sus normas complementarias, para preservar el equilibrio del sistema y el desarrollo del mismo de acuerdo a sus objetivos y metas, como lo dispone el ArtÃculo 22 de la Ley 87‐01.
El órgano rector del sistema hizo la aprobación en vista de la resolución No. 02/2013 del 03 de julio del año 2013, emitida por el Comité Nacional de Salarios sobre el sector Privado no sectorizado.
Esta resolución deja sin efecto cualquier norma que le sea contraria en todo o en parte, y será efectiva a partir del 1ro. de agosto del 2013, servirá de base para la emisión de las notificaciones de pago de la TesorerÃa de la Seguridad Social (TSS), del perÃodo correspondiente al mes de agosto del 2013 y subsiguientes.