SEPA: Los 101 artículos del sistema que reemplaza carne por fernet

Buenos Aires, Argentina
viernes 18.03.2016

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ECONOMIA

LO QUE DEBERÁN INFORMAR LOS SÚPER

SEPA: Los 101 artículos del sistema que reemplaza carne por fernet

Los súper no deberán informar el precio de la carne como tampoco de los vegetales y las frutas. Sin embargo, según el listado de 101 artículos que difundió la Subsecretaría de Comercio Interior, tendrán la obligación de hacerlo en el caso del fernet y la cerveza, en lata y botella.

Fragmento del listado publicado.

La Subsecretaría de Comercio Interior especificó la totalidad de productos en venta de los comercios minoristas de consumo masivo comprendidos dentro del Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA), que los supermercados deberán informar cada día.

El organismo diferenció, en un anexo de once hojas, las categorías de los 101 productos que obligatoriamente estarán incluidos en el sistema y los que serán de carácter optativo.

Entre los que no son obligatorios están los vegetales, determinados tipos de arroz, cereales, frutas y carne, entre otros.

Esta medida está comprendida en la disposición 7/2016 publicada hoy en el 'Boletín Oficial', que comenzará a regir a partir desde mañana.

Aclara que la información requerida en la disposición deberá ser suministrada desde el 15 de abril de 2016 y será difundida a partir del 29 de abril próximo.

La información a suministrar por parte de los comercios tendrá el carácter de declaración jurada y deberá ser brindada para cada producto y punto de venta.

Incluye CUIT de la empresa, ubicación de cada punto de venta, identificación de producto y descripción, precio de lista de venta minorista final al público por unidad y precio por unidad de medida.

También deberán notificar el precio unitario correspondiente a promoción de alcance general, es decir aquellos descuentos que se aplican al producto con excepción de segmentación del consumidor, medios de pago o de fidelización.

Se permitirá consignar precios con descuento por producto, por categoría de producto, por marca y por cantidad del mismo producto, condiciones excluyentes entre sí y precio unitario correspondiente a promoción especial, aquellos que se aplican al producto por una o más condiciones de alcance general o particular.

El suministro de la información deberá realizarse en forma diaria.

Las micro, pequeñas y medianas empresas que optaran por adherirse, podrán hacerlo en cualquier momento.

La información suministrada será difundida a través de una página web y/u otros medios digitales donde el consumidor podrá buscar los productos de su interés y conocer los precios correspondientes de los distintos puntos de venta, así como también conformar listas para agrupar los de su preferencia.

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Lic. ANASTACIO ALEGRIA

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