El Ministerio Público acusa ante Suprema Corte a diputado PRM

 


Santo Domingo, 8 feb – El Ministerio Público informó este martes que presentó acusación ante la Suprema Corte de Justicia en contra del diputado del oficialista PRM por la provincia Santiago, Gregorio Domínguez Domínguez, a quien imputa por presunta violación de propiedad privada.

El órgano acusador solicitó a la magistrada Vanessa Acosta, jueza de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, que dicte apertura a juicio contra Domínguez Domínguez y que le imponga medida de coerción consistente en presentación periódica.

En un comunicado, el organismo también solicitó a la jueza que fije la audiencia preliminar a los fines de conocer la solicitud de auto de apertura a juicio.

La acusación presentada por el procurador adjunto Rafael Suárez Pérez y el procurador de corte Melquiades Suero señala que Domínguez Domínguez violó la ley 396-19, que regula el otorgamiento de la fuerza pública y 5869, sobre violación de propiedad en perjuicio de Lucila Nelly Capellán Luna.

EL HECHO

En torno al hecho, el expediente establece el 27 de mayo de 2020, Basilio Catalino Martínez, alias Jaime, y Emmanuel de Jesús Williams Molina, empleado del imputado el primero y chofer de una retroexcavadora el segundo, se presentaron, por presuntas instrucciones del imputado, a la comunidad Punta Rucia, de Estero Hondo, Puerto Plata, donde la presunta víctima Capellán Luna construía su vivienda.

El Ministerio Público aseguró que una vez en el lugar, Catalino Martínez y Williams Molina procedieron, sin las debidas formalidades de la ley y por orden y con la participación del imputado, al desalojo, destrucción y posterior demolición de la vivienda levantada por Capellán, la cual estaba en etapa de construcción a nivel de techo.

El Ministerio Público le atribuye al legislador, en calidad de autor, la comisión de los tipos penales ejecución de medidas ejecutorias y conservatorias violentando el procedimiento de ley, tomar participación o requerir la ejecución de un embargo o medida conservatoria sin título ejecutorio e introducirse a una propiedad inmobiliaria sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario.EFE

FUENTE

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Lic. ANASTACIO ALEGRIA

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