De acuerdo a lo que señala el artículo 177 de la ley electoral, desde la medianoche del jueves 15 de febrero, debe cesar toda actividad de campaña electoral, incluso en los medios de comunicación, los cuales podrán transmitir su programación habitual, siempre que no se incluya en ella ninguna alusión relativa a proselitismo o promoción de partidos, agrupaciones o movimientos políticos o candidatos y candidatas admitidos.
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