La Contraloría General de la República reforzará implementación de las Normas Básicas de Control Interno (NOBACI). Lo hará en las instituciones bajo la Ley 10-07, a fin de que actualicen sus sistemas de control interno. El contralor Daniel Omar Caamaño Santana informó que será en el presente mes de marzo cuando se dará inicio a estas medidas. Indicó que es un plan de acompañamiento a esas entidades gubernamentales. Identificar fortalezas y oportunidades de mejoría Dijo que el objetivo es evaluar la arquitectura de control interno e identificar las fortalezas y oportunidades de mejoría. “Procuraremos que las instituciones públicas, bajo el ámbito de acción de la Contraloría, refuercen sus sistemas. Esto es, para garantizar el buen uso de los recursos asignados y el logro de los objetivos tal y como lo ha planteado el Presidente Danilo Medina”, expresó el funcionario. Agregó que tan pronto se concluya con la revisión técnica, las normas estarán nuevamente a disposición del público. Será a través de la página Web de la Contraloría General de la República. Actualización En una segunda fase, la entidad tiene programado realizar la actualización de las NOBACI. Lo hará tomando como base las mejores prácticas internacionales tales como COSO 2013. COSO, hace referencia a las mejores prácticas internacionales en la gestión de control interno. Posee cinco componentes fundamentales como son: Ambiente de Control y Valoración. Además, Administración de Riesgos, Actividades de Control, Información y Comunicación y Monitoreo y Seguimiento. Se estima que en un plazo de un año hayan sido incluidas 320 entidades gubernamentales. Sobre las NOBACI Las Normas Básicas de Control Interno (NOBACI) es un conjunto de mecanismos y herramientas. Toda entidad pública debe tenerla y ponerla en práctica, para garantizar el buen uso de los recursos públicos asignados. Al igual que la consecución de los objetivos misionales e institucionales. Órgano rector La Contraloría de la República tiene la atribución de dictar las Normas Básicas de Control Interno. Lo establece el artículo 5 de la Ley 10-07. |